El diámetro mínimo para tuberías de cobre establecido en el Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y Alcantarillado (RIDDA) es de 13mm cuando sólo alimente a un artefacto y de 19mm cuando surta a dos o más artefactos. En el caso de otros materiales, se adoptarán diámetros hidráulicamente equivalentes.
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